domingo, 9 de junio de 2013

~~~~> INSTRUSISMO PROFESIONAL


~~~~~> MALA PRAXIS


~~~~~~> SECRETO PROFESIONAL


~~~~~> ESTUPRO Y VIOLACION


DIFERENCIA DE ESTUPRO Y VIOLACION

estupro consiste en engañar a un menor haciéndole falsas promesas como matrimonio (SEDUCIRLA) con el propósito de tener relaciones sexuales con ella para q se de el estupro la menor debe de ser casta y de reconocida moralidad cuando hablo de menor es una adolecente entre 12 a 16 años

violación puede ser entre adultos pero consiste en obligar a una persona a mantener relaciones sexuales orales vaginales o anales o bien introduciendo algún objeto realizando la copula (acto sexual) con violencia física o psicológica infringiendo alguna amenaza sea contra su vida la de su familia o su patrimonio.

la diferencia es q en el estupro es menor y no es forzada es engañada con una falsa promesa.
la violación puede o no puede ser menor y es forzado y atraves de la violencia física o psicológica se realiza la copula(acto sexual)

~~~~> CLASIFICACION DE DELITOS


Clasificaciones de los delitos


Cada año, el FBI hace una recopilación uniforme de datos sobre el crimen en los Estados Unidos y publica estadísticas de los distintos delitos como parte del programa llamado Uniform Crime Reporting (UCR). Los informes no solo brindan estadísticas útiles, sino también clasificaciones y definiciones de los delitos. El programa UCR categoriza los delitos graves como "Delitos de la Parte Uno" y los delitos menos graves como "Delitos de la Parte Dos".

Delitos de la Parte Uno


Delitos de violencia contra las personas


  • Agresión agravada: ataque ilegal a otra persona para causarle lesiones corporales severas o muy graves. Generalmente, este tipo de ataque es acompañado con un arma o cualquier otro medio con probabilidad de producir la muerte o un daño físico grave. El intento de agresión agravada, que implica el uso o la amenaza de usar un arma de fuego, un cuchillo o cualquier otro tipo de arma, se incluye dentro de esta categoría de delito, ya que es probable que la persona atacada resulte gravemente lesionada.
  • Asesinato: acción de matar a una persona intencionalmente.
  • Robo (robbery, en inglés): acción de quitar o intentar quitar algo de valor a una persona por la fuerza o amenazándola con usar fuerza o violencia. En este tipo de robo, una víctima está presente mientras ocurre el crimen.
  • Violación con uso de violencia: el "acceso carnal con una mujer por la fuerza y contra su voluntad". El UCR incluye las agresiones y los intentos de cometer violación por la fuerza o la amenaza de usar la fuerza, pero excluye la violación de menores (sin empleo de la fuerza) y otros tipos de delitos sexuales. El UCR recolecta únicamente información sobre violación de mujeres.

Delitos contra la propiedad


  • Hurto (larceny-theft, en inglés): acción de tomar ilegalmente algo ajeno (p. ej. apropiarse de una bicicleta o tomar partes de automóviles, llevarse mercancía de una tienda sin pagarla o agarrar carteras de bolsillo) sin empleo de la fuerza, violencia o sin cometer fraude. También se incluye el intento de hurto.
  • Hurto de vehículos motorizados: el hurto o el intento de hurto de un vehículo.
  • Incendio intencional: acción de quemar o intentar quemar una casa, edificio público, vehículo motorizado, aeronave o propiedad personal, deliberada o maliciosamente, con o sin la intención de estafar.
  • Violación de domicilio: acción de entrar ilegalmente a una propiedad para cometer un delito o hurto. No implica necesariamente ingresar por la fuerza.

Delitos de la Parte Dos


  • Adulteración de documentos: la adulteración de documentos implica crear o alterar un documento escrito de manera tal que los derechos de otra persona quedan comprometidos. La falsificación consiste en realizar copia o imitación de un objeto sin autorización y hacer pasar dicha copia como si fuera el objeto genuino u original. Aunque en la mayoría de los casos la falsificación está relacionada con el dinero, también puede aplicarse a las prendas de vestir y los accesorios fabricados para aparentar que son productos de diseño original.
  • Armas (portación ilegal, etc.): el hecho de portar un arma oculta sin la licencia o el permiso correspondiente; obtener un arma, una licencia o municiones de manera fraudulenta; o poseer un tipo de pistola o arma de asalto cuya propiedad, portación o cuyo uso no esté autorizado al público.
  • Conducir en estado de ebriedad o intoxicación: acción de manejar un vehículo bajo los efectos de alcohol o drogas. Cada estado establece el nivel de alcohol en sangre permitido para los conductores.
  • Conducta contraria al orden público: comportamiento que constituye una amenaza potencial para uno mismo o para otras personas. A veces, las leyes que regulan este tipo de conducta se superponen con las leyes de ebriedad en público.
  • Delito contra la familia (incumplimiento de la obligación de manutención, etc.): el que comete uno de los padres, o ambos, al no sustentar a sus hijos.
  • Delito sexual (violación de menores, etc.): el que comete un adulto al mantener relaciones sexuales con un niño o adolescente que no tiene capacidad legal para dar su consentimiento.
  • Desfalco: apropiación indebida de dinero o bienes que una persona tiene a su cargo para uso y beneficio personal.
  • Ebriedad en público: estar ebrio en público durante un tiempo prolongado. Cada estado establece los niveles de alcohol en sangre que regulan este tipo de violación. Las leyes también disponen cuándo y dónde las personas tienen permitido llevar bebidas alcohólicas en envases abiertos.
  • Fraude: acto de engañar intencionalmente a una persona para obtener maliciosamente la posesión o el control de su dinero, bienes o derechos específicos.
  • Fuga: en general, los estados clasifican el acto de huir del hogar como un delito que resulta de un estado o condición, especialmente cometido sólo por menores de edad. El objetivo del programa Amber Alert del Departamento de Justicia es ayudar a las comunidades a comenzar la búsqueda de niños ante la sospecha de que se encuentran en peligro y que no han dejado su hogar de manera voluntaria.
  • Juegos por dinero ilegales: aquellos prohibidos por la ley, ya sea local, estatal o federal. Aunque en muchos estados los juegos por dinero están permitidos, las personas deben asegurarse de participar sólo en aquellos tipos de juegos que sean legales en los condados específicos donde éstos se permiten. La participación en estos juegos ilegales por Internet crea un obstáculo para los funcionarios encargados de aplicar la ley.
  • Propiedad robada (tráfico de): el hecho de vender o comprar bienes que han sido robados a otra persona o entidad.
  • Prostitución y delitos relacionados: el ofrecimiento de favores sexuales a cambio de dinero, drogas u otros bienes, o el hecho de brindar dichos favores.
  • Intento de agresión no agravada: el intento de ocasionar daño físico a otra persona estando ésta consciente del hecho. La agresión constituye un acto ilícito, el cual puede ser civil o penal, y la sanción correspondiente puede ser un castigo penal, o bien una indemnización por daños. "Violencia física contra una persona", en general, se define como el hecho de tener un contacto físico con ésta ilícitamente. Sin embargo, en muchas jurisdicciones, no se tiene en cuenta esta distinción.
  • Vagabundeo: situación de quien no mantiene una dirección postal verificable y que pasa gran parte del tiempo deambulando en público.
  • Vandalismo: el acto de dañar o alterar la propiedad pública o privada sin permiso.
  • Violación de las leyes relacionadas con la venta de alcohol: la venta de bebidas alcohólicas sin licencia válida o la falta de control de la identificación de toda persona que desea comprar alcohol en un establecimiento.
  • Violación de leyes sobre drogas: violación de cualquier ley sobre drogas, ya sea local, estatal o federal, que prohíba la tenencia o venta de drogas específicas o de objetos relacionados con el consumo de drogas.
  • Violación del toque de queda/vagancia: a veces, la violación del toque de queda se clasifica como un delito que resulta de un estado o condición (un delito cometido sólo por menores de edad). La vagancia implica quedarse en un lugar determinado por un tiempo excesivo, sin poder justificar la presencia de uno en dicho lugar al ser interrogado por las autoridades. En general, la vagancia se comete junto con la violación del toque de queda.

Delitos nuevos o destacados


  • Crimen organizado: actualmente el crimen organizado, en general, implica la participación de pandillas callejeras locales; sin embargo los carteles internacionales de narcotráfico continúan ejercitando el contrabando de gran cantidad de drogas a los Estados Unidos. Muchos de estos grupos también son responsables de transportar por contrabando a los inmigrantes ilegales a este país.
  • Crimen de finanzas: según una teoría legal llamada "Doctrina de identificación", las empresas pueden ser condenadas como entidades legales en conformidad con varias leyes penales. En un intento de combatir más a fondo este tipo de fraude, el presidente Bush firmó la Ley Sarbanes-Oxley de 2002 (Sarbanes-Oxley Act). Esta ley establece sanciones para aquellos que intenten cometer fraude contable.
  • Crimen motivado por prejuicios: aquellos delitos cometidos contra una persona debido a su raza, religión, origen étnico, orientación sexual u otras características personales. Las estadísticas del crimen motivado por prejuicios se encuentran en el reporte anual del FBI.
  • Robo de identidad: el uso ilegal de información personal de otra persona (p. ej. el número del seguro social, información de la licencia de conducir, el número de tarjeta de crédito) para obtener ganancias económicas. En mayo de 2006, el presidente Bush convirtió el Decreto 13,402 en ley, que autoriza el uso de recursos federales para combatir este delito, cuya incidencia es cada vez mayor.
  • Terrorismo: el uso o amenaza de usar violencia contra la población civil para cumplir objetivos políticos o ideológicos.

 

 

~~~~~~~> DERECHOS GENERALES DE LOS PACIENTES


Derechos Generales de los Pacientes

1.- RECIBIR ATENCIÓN MÉDICA ADECUADA.

El paciente tiene derecho a que la atención médica se le otorgue por personal preparado de acuerdo a las necesidades de su estado de salud y a las circunstancias en que se brinda la atención, así como a ser informado cuando requiera referencia a otro médico.

2.- RECIBIR TRATO DIGNO Y RESPETUOSO.

El paciente tiene derecho a que el médico, la enfermera y el personal que le brinden atención médica, se identifiquen y le otorguen un trato digno, con respeto a sus convicciones personales y morales, principalmente las relacionadas con sus condiciones socioculturales, de género, de pudor y a su intimidad, cualquiera que sea el padecimiento que presente, y se haga extensivo a los familiares o acompañantes.

3.-RECIBIR INFORMACIÓN SUFICIENTE, CLARA, OPORTUNA Y VERAZ.

El paciente, o en su caso el responsable, tienen derecho a que el médico tratante les brinde información completa sobre el diagnóstico, pronóstico y tratamiento; se exprese siempre en forma clara y comprensible; se brinde con oportunidad con el fin de favorecer el conocimiento pleno del estado de salud del paciente y sea siempre veraz, ajustado a la realidad.

4.- DECIDIR LIBREMENTE SOBRE SU ATENCIóN.

El paciente o en su caso el responsable, tienen derecho a decidir con libertad, de manera personal y sin ninguna forma de presión, aceptar o rechazar cada procedimiento diagnóstico o terapéutico ofrecido, así como el uso de medidas extraordinarias de supervivencia en pacientes terminales.

5.- OTORGAR O NO SU CONSENTIMIENTO VÁLIDAMENTE INFORMADO.

El paciente, o en su caso el responsable, en los supuestos que así lo señale la normativa, tienen derecho a expresar su consentimiento, siempre por escrito, cuando acepte sujetarse con fines de diagnóstico o terapéuticos, a procedimientos que impliquen un riesgo, para lo cual deberá ser informado en forma amplia y completa en qué consisten , de los beneficios que se esperan, así como de las complicaciones o eventos negativos que pudieran presentarse a consecuencia del acto médico, lo anterior incluye las situaciones en las cuales el paciente decida participar en estudios de investigación o en el caso de donación de órganos.

6.- SER TRATADO CON CONFIDENCIALIDAD.

El paciente tiene derecho a que toda la información que exprese a su médico se maneje con estricta confidencialidad y no se divulgue más que con la autorización expresa de su parte, incluso la que derive de un estudio de investigación al cual se haya sujetado de manera voluntaria; lo cual no limita la obligación del médico de informar a la autoridad en los casos previstos por la ley.

7.- CONTAR CON FACILIDADES PARA OBTENER UNA SEGUNDA OPINIÓN.

El paciente tiene derecho a recibir por escrito la información necesaria para obtener una segunda opinión sobre el diagnóstico, pronóstico o tratamiento relacionados con su estado de salud.

8.- RECIBIR ATENCIÓN MÉDICA EN CASO DE URGENCIA.

Cuando está en peligro la vida, un órgano o una función, el paciente tiene derecho a recibir atención de urgencia por un médico, en cualquier establecimiento de salud, sea público o privado, con el propósito de estabilizar sus condiciones.

9.- CONTAR CON UN EXPEDIENTE CLÍNICO.

El paciente tiene derecho a que el conjunto de los datos relacionados con la atención médica que reciba sean asentados en forma veraz, clara, precisa, legible y completa en un expediente que deberá cumplir con la normativa aplicable y cuando lo solicite, obtener por escrito un resumen clínico veraz de acuerdo con el fin requerido.

10.- SER ATENDIDO CUANDO SE INCONFORME POR LA ATENCIÓN MÉDICA RECIBIDA.

El paciente tiene derecho a ser escuchado y recibir respuesta por la instancia correspondiente cuando se inconforme por la atención médica recibida de servidores públicos o privados.

Así mismo tiene derecho a disponer de vías alternas a las judiciales para tratar de resolver un conflicto con el personal de salud.

 

~~~~~> IMPERICIA


IMPERICIA

La impericia médica es definida en nuestro ordenamiento jurídico como aquella conducta realizada por un especialista de la salud (médico, enfermera y/o técnico), quien llevando a cabo un proceso o intervención médica, actúa de manera contraria al estándar aceptado de la medicina nivel Puerto Rico y Estado Unidos, ocasionando daños al paciente.

~~~~> CODIGO HAMMURABI


~~~~~> MEDICO FORENSE


sábado, 8 de junio de 2013

~~~> responsabilidad juridica


Concepto

El concepto de responsabilidad implica un presupuesto básico: el de la libertad de acción de la que en todo caso dispone el sujeto obligado por la norma.

Todo hombre que se encuentra en situación de decidir, puede actuar de uno o de otro modo. El hombre se imputa sus acciones (y omisiones) ya hasta cierto punto las consecuencias de ellas y se sabe responsable, aunque ello le sea gravoso.

Kelsen considera que un individuo es responsable cuando es susceptible de ser sancionado, independientemente de que haya cometido o no un acto jurídico. Se es responsable cuando, según el ordenamiento jurídico, deba aplicarse al individuo una sanción, independientemente de que, de hecho, se le aplique.

Clases

La responsabilidad jurídica puede clasificarse con arreglo a distintos criterios. Kelsen realiza la siguiente clasificación:

a) Responsabilidad directa e indirecta

Un individuo es responsable en forma directa cuando comete un acto antijurídico y se le impone una sanción.

En cambio, un individuo es responsable indirectamente cuando es susceptible de ser sancionado por la conducta de un tercero (ej.- la responsabilidad de los padres en relación con los ilícitos civiles de sus hijos menores).

b) Responsabilidad subjetiva y objetiva

La subjetiva es aquella en laque se requiere, para que se aplique la sanción, que el sujeto haya querido o previsto el resultado de su conducta antijurídica.

La objetiva (o por resultado) se da cuando un individuo es susceptible de ser sancionado independientemente de que haya querido o previsto el acto antijurídico.