Clase de Derecho
domingo, 9 de junio de 2013
~~~~~> ESTUPRO Y VIOLACION
DIFERENCIA
DE ESTUPRO Y VIOLACION
estupro consiste en
engañar a un menor haciéndole falsas promesas como matrimonio (SEDUCIRLA) con
el propósito de tener relaciones sexuales con ella para q se de el estupro la
menor debe de ser casta y de reconocida moralidad cuando hablo de menor es una
adolecente entre 12 a 16 años
violación puede ser entre adultos pero consiste en obligar a una persona a mantener relaciones sexuales orales vaginales o anales o bien introduciendo algún objeto realizando la copula (acto sexual) con violencia física o psicológica infringiendo alguna amenaza sea contra su vida la de su familia o su patrimonio.
la diferencia es q en el estupro es menor y no es forzada es engañada con una falsa promesa.
la violación puede o no puede ser menor y es forzado y atraves de la violencia física o psicológica se realiza la copula(acto sexual)
violación puede ser entre adultos pero consiste en obligar a una persona a mantener relaciones sexuales orales vaginales o anales o bien introduciendo algún objeto realizando la copula (acto sexual) con violencia física o psicológica infringiendo alguna amenaza sea contra su vida la de su familia o su patrimonio.
la diferencia es q en el estupro es menor y no es forzada es engañada con una falsa promesa.
la violación puede o no puede ser menor y es forzado y atraves de la violencia física o psicológica se realiza la copula(acto sexual)
~~~~> CLASIFICACION DE DELITOS
Clasificaciones
de los delitos
Cada
año, el FBI hace una recopilación uniforme de datos sobre el crimen en los
Estados Unidos y publica estadísticas de los distintos delitos como parte del
programa llamado Uniform
Crime Reporting (UCR). Los informes no solo brindan estadísticas
útiles, sino también clasificaciones y definiciones de los delitos. El programa
UCR categoriza los delitos graves como "Delitos de la Parte Uno" y
los delitos menos graves como "Delitos de la Parte Dos".
Delitos de la Parte Uno
Delitos
de violencia contra las personas
- Agresión
agravada:
ataque ilegal a otra persona para causarle lesiones corporales severas o
muy graves. Generalmente, este tipo de ataque es acompañado con un arma o
cualquier otro medio con probabilidad de producir la muerte o un daño
físico grave. El intento de agresión agravada, que implica el uso o la
amenaza de usar un arma de fuego, un cuchillo o cualquier otro tipo de
arma, se incluye dentro de esta categoría de delito, ya que es probable
que la persona atacada resulte gravemente lesionada.
- Asesinato: acción de matar a una persona
intencionalmente.
- Robo (robbery, en inglés): acción de quitar o intentar
quitar algo de valor a una persona por la fuerza o amenazándola con usar
fuerza o violencia. En este tipo de robo, una víctima está presente
mientras ocurre el crimen.
- Violación
con uso de violencia: el
"acceso carnal con una mujer por la fuerza y contra su
voluntad". El UCR incluye las agresiones y los intentos de cometer
violación por la fuerza o la amenaza de usar la fuerza, pero excluye la
violación de menores (sin empleo de la fuerza) y otros tipos de delitos
sexuales. El UCR recolecta únicamente información sobre violación de
mujeres.
Delitos
contra la propiedad
- Hurto
(larceny-theft, en inglés): acción de tomar ilegalmente algo
ajeno (p. ej. apropiarse de una bicicleta o tomar partes de automóviles,
llevarse mercancía de una tienda sin pagarla o agarrar carteras de
bolsillo) sin empleo de la fuerza, violencia o sin cometer fraude. También
se incluye el intento de hurto.
- Hurto
de vehículos motorizados: el
hurto o el intento de hurto de un vehículo.
- Incendio
intencional:
acción de quemar o intentar quemar una casa, edificio público, vehículo
motorizado, aeronave o propiedad personal, deliberada o maliciosamente,
con o sin la intención de estafar.
- Violación
de domicilio:
acción de entrar ilegalmente a una propiedad para cometer un delito o
hurto. No implica necesariamente ingresar por la fuerza.
Delitos
de la Parte Dos
- Adulteración
de documentos:
la adulteración de documentos implica crear o alterar un documento escrito
de manera tal que los derechos de otra persona quedan comprometidos. La
falsificación consiste en realizar copia o imitación de un objeto sin
autorización y hacer pasar dicha copia como si fuera el objeto genuino u
original. Aunque en la mayoría de los casos la falsificación está
relacionada con el dinero, también puede aplicarse a las prendas de vestir
y los accesorios fabricados para aparentar que son productos de diseño
original.
- Armas
(portación ilegal, etc.):
el hecho de portar un arma oculta sin la licencia o el permiso
correspondiente; obtener un arma, una licencia o municiones de manera
fraudulenta; o poseer un tipo de pistola o arma de asalto cuya propiedad,
portación o cuyo uso no esté autorizado al público.
- Conducir
en estado de ebriedad o intoxicación: acción de manejar un vehículo
bajo los efectos de alcohol o drogas. Cada estado establece el nivel de
alcohol en sangre permitido para los conductores.
- Conducta
contraria al orden público: comportamiento
que constituye una amenaza potencial para uno mismo o para otras personas.
A veces, las leyes que regulan este tipo de conducta se superponen con las
leyes de ebriedad en público.
- Delito
contra la familia (incumplimiento de la obligación de manutención, etc.): el que comete uno de los padres,
o ambos, al no sustentar a sus hijos.
- Delito
sexual (violación de menores, etc.): el que comete un adulto al
mantener relaciones sexuales con un niño o adolescente que no tiene
capacidad legal para dar su consentimiento.
- Desfalco:
apropiación
indebida de dinero o bienes que una persona tiene a su cargo para uso y
beneficio personal.
- Ebriedad
en público:
estar ebrio en público durante un tiempo prolongado. Cada estado establece
los niveles de alcohol en sangre que regulan este tipo de violación. Las
leyes también disponen cuándo y dónde las personas tienen permitido llevar
bebidas alcohólicas en envases abiertos.
- Fraude: acto de engañar intencionalmente
a una persona para obtener maliciosamente la posesión o el control de su
dinero, bienes o derechos específicos.
- Fuga: en general, los estados
clasifican el acto de huir del hogar como un delito que resulta de un
estado o condición, especialmente cometido sólo por menores de edad. El
objetivo del programa Amber Alert del Departamento de Justicia es
ayudar a las comunidades a comenzar la búsqueda de niños ante la sospecha
de que se encuentran en peligro y que no han dejado su hogar de manera
voluntaria.
- Juegos
por dinero ilegales:
aquellos prohibidos por la ley, ya sea local, estatal o federal. Aunque en
muchos estados los juegos por dinero están permitidos, las personas deben
asegurarse de participar sólo en aquellos tipos de juegos que sean legales
en los condados específicos donde éstos se permiten. La participación en
estos juegos ilegales por Internet crea un obstáculo para los funcionarios
encargados de aplicar la ley.
- Propiedad
robada (tráfico de):
el hecho de vender o comprar bienes que han sido robados a otra persona o
entidad.
- Prostitución
y delitos relacionados:
el ofrecimiento de favores sexuales a cambio de dinero, drogas u otros
bienes, o el hecho de brindar dichos favores.
- Intento
de agresión no agravada:
el intento de ocasionar daño físico a otra persona estando ésta consciente
del hecho. La agresión constituye un acto ilícito, el cual puede ser civil
o penal, y la sanción correspondiente puede ser un castigo penal, o bien
una indemnización por daños. "Violencia física contra una
persona", en general, se define como el hecho de tener un contacto
físico con ésta ilícitamente. Sin embargo, en muchas jurisdicciones, no se
tiene en cuenta esta distinción.
- Vagabundeo:
situación
de quien no mantiene una dirección postal verificable y que pasa gran
parte del tiempo deambulando en público.
- Vandalismo: el acto de dañar o alterar la
propiedad pública o privada sin permiso.
- Violación
de las leyes relacionadas con la venta de alcohol: la venta de bebidas alcohólicas
sin licencia válida o la falta de control de la identificación de toda
persona que desea comprar alcohol en un establecimiento.
- Violación
de leyes sobre drogas:
violación de cualquier ley sobre drogas, ya sea local, estatal o federal,
que prohíba la tenencia o venta de drogas específicas o de objetos
relacionados con el consumo de drogas.
- Violación
del toque de queda/vagancia:
a veces, la violación del toque de queda se clasifica como un delito que
resulta de un estado o condición (un delito cometido sólo por menores de
edad). La vagancia implica quedarse en un lugar determinado por un tiempo
excesivo, sin poder justificar la presencia de uno en dicho lugar al ser
interrogado por las autoridades. En general, la vagancia se comete junto
con la violación del
toque de queda.
Delitos nuevos o destacados
- Crimen
organizado:
actualmente el crimen organizado, en general, implica la participación de
pandillas callejeras locales; sin embargo los carteles internacionales de
narcotráfico continúan ejercitando el contrabando de gran cantidad de
drogas a los Estados Unidos. Muchos de estos grupos también son
responsables de transportar por contrabando a los inmigrantes ilegales a
este país.
- Crimen
de finanzas: según
una teoría legal llamada "Doctrina de identificación", las
empresas pueden ser condenadas como entidades legales en conformidad con
varias leyes penales. En un intento de combatir más a fondo este tipo de
fraude, el presidente Bush firmó la Ley Sarbanes-Oxley de 2002 (Sarbanes-Oxley Act).
Esta ley establece sanciones para aquellos que intenten cometer fraude
contable.
- Crimen
motivado por prejuicios:
aquellos delitos cometidos contra una persona debido a su raza, religión,
origen étnico, orientación sexual u otras características personales. Las
estadísticas del crimen motivado por prejuicios se encuentran en el
reporte anual del FBI.
- Robo
de identidad:
el uso ilegal de información personal de otra persona (p. ej. el número
del seguro social, información de la licencia de conducir, el número de
tarjeta de crédito) para obtener ganancias económicas. En mayo de 2006, el
presidente Bush convirtió el Decreto 13,402 en ley, que autoriza el uso de
recursos federales para combatir este delito, cuya incidencia es cada vez
mayor.
- Terrorismo: el uso o amenaza de usar
violencia contra la población civil para cumplir objetivos políticos
o ideológicos.
~~~~~~~> DERECHOS GENERALES DE LOS PACIENTES
Derechos Generales de los Pacientes
1.- RECIBIR ATENCIÓN MÉDICA
ADECUADA.
El paciente tiene derecho a que
la atención médica se le otorgue por personal preparado de acuerdo a las
necesidades de su estado de salud y a las circunstancias en que se brinda la
atención, así como a ser informado cuando requiera referencia a otro médico.
2.- RECIBIR TRATO DIGNO Y
RESPETUOSO.
El paciente tiene derecho a que
el médico, la enfermera y el personal que le brinden atención médica, se
identifiquen y le otorguen un trato digno, con respeto a sus convicciones
personales y morales, principalmente las relacionadas con sus condiciones
socioculturales, de género, de pudor y a su intimidad, cualquiera que sea el
padecimiento que presente, y se haga extensivo a los familiares o acompañantes.
3.-RECIBIR INFORMACIÓN
SUFICIENTE, CLARA, OPORTUNA Y VERAZ.
El paciente, o en su caso el
responsable, tienen derecho a que el médico tratante les brinde información
completa sobre el diagnóstico, pronóstico y tratamiento; se exprese siempre en
forma clara y comprensible; se brinde con oportunidad con el fin de favorecer
el conocimiento pleno del estado de salud del paciente y sea siempre veraz,
ajustado a la realidad.
4.- DECIDIR LIBREMENTE SOBRE SU
ATENCIóN.
El paciente o en su caso el
responsable, tienen derecho a decidir con libertad, de manera personal y sin
ninguna forma de presión, aceptar o rechazar cada procedimiento diagnóstico o
terapéutico ofrecido, así como el uso de medidas extraordinarias de
supervivencia en pacientes terminales.
5.- OTORGAR O NO SU
CONSENTIMIENTO VÁLIDAMENTE INFORMADO.
El paciente, o en su caso el
responsable, en los supuestos que así lo señale la normativa, tienen derecho a
expresar su consentimiento, siempre por escrito, cuando acepte sujetarse con
fines de diagnóstico o terapéuticos, a procedimientos que impliquen un riesgo,
para lo cual deberá ser informado en forma amplia y completa en qué consisten ,
de los beneficios que se esperan, así como de las complicaciones o eventos
negativos que pudieran presentarse a consecuencia del acto médico, lo anterior
incluye las situaciones en las cuales el paciente decida participar en estudios
de investigación o en el caso de donación de órganos.
6.- SER TRATADO CON
CONFIDENCIALIDAD.
El paciente tiene derecho a que
toda la información que exprese a su médico se maneje con estricta
confidencialidad y no se divulgue más que con la autorización expresa de su
parte, incluso la que derive de un estudio de investigación al cual se haya
sujetado de manera voluntaria; lo cual no limita la obligación del médico de
informar a la autoridad en los casos previstos por la ley.
7.- CONTAR CON FACILIDADES PARA
OBTENER UNA SEGUNDA OPINIÓN.
El paciente tiene derecho a
recibir por escrito la información necesaria para obtener una segunda opinión
sobre el diagnóstico, pronóstico o tratamiento relacionados con su estado de
salud.
8.- RECIBIR ATENCIÓN MÉDICA EN
CASO DE URGENCIA.
Cuando está en peligro la vida,
un órgano o una función, el paciente tiene derecho a recibir atención de
urgencia por un médico, en cualquier establecimiento de salud, sea público o
privado, con el propósito de estabilizar sus condiciones.
9.- CONTAR CON UN EXPEDIENTE
CLÍNICO.
El paciente tiene derecho a que
el conjunto de los datos relacionados con la atención médica que reciba sean
asentados en forma veraz, clara, precisa, legible y completa en un expediente
que deberá cumplir con la normativa aplicable y cuando lo solicite, obtener por
escrito un resumen clínico veraz de acuerdo con el fin requerido.
10.- SER ATENDIDO CUANDO SE
INCONFORME POR LA ATENCIÓN MÉDICA RECIBIDA.
El paciente tiene derecho a ser
escuchado y recibir respuesta por la instancia correspondiente cuando se
inconforme por la atención médica recibida de servidores públicos o privados.
Así mismo tiene derecho a
disponer de vías alternas a las judiciales para tratar de resolver un conflicto
con el personal de salud.
~~~~~> IMPERICIA
IMPERICIA
La impericia médica es definida
en nuestro ordenamiento jurídico como aquella conducta realizada por un
especialista de la salud (médico, enfermera y/o técnico), quien llevando a cabo
un proceso o intervención médica, actúa de manera contraria al estándar
aceptado de la medicina nivel Puerto Rico y Estado Unidos, ocasionando daños al
paciente.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)